Financiamiento universitario: la Justicia anuló el decreto que frenaba la ley y ordenó su aplicación

La resolución alcanza recursos destinados a salarios, becas, investigación e instituciones.


La Justicia Federal declaró inconstitucional una cláusula del decreto 759/2025 que había condicionado la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario y ordenó al Gobierno nacional poner en marcha la normativa sancionada por el Congreso.

La resolución fue dictada por el juez federal Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, quien hizo lugar a los amparos presentados por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires (UBA) contra el Estado nacional.

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El magistrado cuestionó específicamente la cláusula que incorporó al decreto de promulgación de la ley 27.795 la expresión “sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley 24.629”. Ese agregado había condicionado la ejecución de la normativa a que el Congreso determinara las fuentes de financiamiento y contemplara las partidas correspondientes en el presupuesto nacional.

Según la resolución, esa condición terminó funcionando como un impedimento para la aplicación efectiva de una ley que había sido ratificada por el Congreso después de que el Poder Ejecutivo intentara vetarla. Por ese motivo, Cormick ordenó al Gobierno adoptar las medidas reglamentarias y administrativas necesarias para cumplir con la norma.

Cómo se originó el conflicto

El proceso se inició a partir de dos presentaciones que luego fueron unificadas por la Justicia. Una de ellas fue promovida por el Consejo Interuniversitario Nacional, junto con docentes y distintas instituciones académicas del país.

La segunda acción fue presentada por la Universidad de Buenos Aires, que planteó ante la Justicia la existencia de un escenario de dificultades financieras que afectaba a sus facultades, colegios preuniversitarios y centros de salud.

El conflicto se remonta a agosto de 2025, cuando el Congreso sancionó la ley 27.795, cuyo objetivo era establecer mecanismos para garantizar el financiamiento de la educación superior en todo el país.

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El Poder Ejecutivo había decidido vetar la iniciativa mediante el Decreto 647/2025. Sin embargo, ambas cámaras del Congreso rechazaron el veto y ratificaron el texto original con las mayorías de dos tercios previstas por la Constitución Nacional.

Ante esa situación, el presidente Javier Milei promulgó la ley a través del Decreto 759/2025. Sin embargo, el texto incluyó la condición vinculada con el artículo 5° de la Ley de Administración Financiera, que en los hechos supeditaba la ejecución de la norma a la incorporación de los recursos necesarios.

Qué resolvió el juez

Para Cormick, esa condición incorporada al decreto no podía utilizarse para suspender la aplicación de una ley sancionada por el Congreso. Por eso, declaró inconstitucional la cláusula cuestionada y dispuso que el Poder Ejecutivo avance con su implementación.

La decisión alcanza las disposiciones de la Ley de Financiamiento Universitario relacionadas con salarios, becas, investigación y partidas destinadas a las instituciones educativas.

El fallo también estableció que el Gobierno deberá dictar las medidas administrativas y reglamentarias necesarias para garantizar el cumplimiento de la normativa.

De esta manera, la Justicia hizo lugar a los planteos formulados por el CIN y la UBA y dejó sin efecto el condicionamiento que había sido incorporado al decreto de promulgación de la ley.

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