Crece la preocupación tras la aprobación en la Legislatura porteña de una normativa que podría habilitar escenarios de menor control estatal en actividades consideradas de riesgo.
La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó, tras una sesión que se extendió por más de 26 horas, una ley que podría modificar de manera sustancial el régimen de control del ejercicio profesional en materia de Seguridad, Higiene y Protección Ambiental. La norma todavía no fue promulgada por el Ejecutivo porteño, pero ya encendió alertas en distintos sectores técnicos y profesionales.
El eje del cuestionamiento es que la ley equipara a los Consejos Profesionales creados por ley con el Colegio Profesional de Higiene y Seguridad, una asociación civil que no forma parte del sistema legal de profesiones reguladas. Desde el ámbito técnico recuerdan un antecedente directo: en 2007, una iniciativa de características similares fue vetada por Mauricio Macri durante su gestión como jefe de Gobierno.
Según advierten, la eventual promulgación podría habilitar escenarios de menor control estatal en actividades consideradas de riesgo, como la validación de instalaciones industriales, la firma de informes ambientales o la participación en pericias y dictámenes técnicos.
El rol de los Consejos y el debate por la doble matriculación
Los Consejos Profesionales administran desde hace más de 65 años la matriculación obligatoria de profesionales de áreas como agrimensura, arquitectura, ingeniería e higiene, seguridad y protección ambiental. Además, ejercen facultades disciplinarias, aplican sanciones y controlan que solo actúen quienes cuentan con incumbencias habilitantes vigentes. Su autoridad deriva de delegaciones del Estado nacional y de la Ciudad, dentro de un marco jurídico consolidado.
El Colegio de Higiene, Seguridad y Medio Ambiente, en cambio, nació en 1970 como una entidad privada. No posee reconocimiento como organismo de ejercicio profesional ni potestades de control, pero la ley aprobada busca otorgarle atribuciones similares. Especialistas consultados alertan que esto podría derivar en un esquema de doble matriculación, con dispersión de responsabilidades, dificultades para sancionar y ausencia de instancias claras de apelación.
Desde la Junta Central de Consejos Profesionales explicaron que, de entrar en vigencia la norma sin cambios, “personas sin incumbencias podrían validar instalaciones industriales, firmar informes ambientales, participar en pericias o dictámenes técnicos. No estamos hablando de trámites administrativos: son actividades que pueden afectar la salud, el ambiente y la seguridad de la comunidad. Por eso el Estado siempre delegó esas funciones en Consejos creados por ley”.
En la misma línea, Alejandro Pérez Vargas, vocero del Consejo Profesional, sostuvo que “la matriculación obligatoria está delegada por el Estado a los Consejos creados por ley. Una entidad privada con solamente una personería jurídica no puede otorgar matrícula habilitante”. Y agregó que permitirlo “genera doble matriculación, dispersión disciplinaria y vacíos regulatorios que dificultan la acción de la Justicia ante un siniestro”.
Pérez Vargas también diferenció la formación continua de la regulación del ejercicio profesional. Señaló que ofrecer capacitación o actualización es distinto de definir quién puede firmar una pericia, una certificación, una auditoría o una evaluación de riesgos, tareas que —remarcó— “solo puede regular el Estado a través de los Consejos creados por ley”.
Incumbencias, auxiliares y riesgos para la seguridad pública
Otro de los puntos cuestionados es el contenido específico de la norma pendiente de promulgación. El artículo 2, inciso b, habilita al Colegio a realizar estudios, proyectos, pericias, mediciones, certificaciones y dictámenes técnicos. Sin embargo, muchas de esas tareas se encuentran reservadas por normas nacionales a profesionales con incumbencias expresamente definidas.
Desde la Junta Central de los Consejos Profesionales de Agrimensura, Arquitectura e Ingeniería advirtieron que el Colegio “no tiene incumbencias para la mitad de lo que allí se enumera”. La preocupación se profundiza con el artículo 3, que reconoce como “profesionales habilitados” incluso a auxiliares e idóneos, una figura que había sido admitida de manera transitoria en los inicios de la Ley Nacional 19.587, pero luego fue reemplazada por profesionales universitarios y técnicos con formación bajo estándares estrictos.
Según las fuentes consultadas, la ley porteña retoma un criterio ya superado y permite que personas con cursos de 400 horas, o incluso “auxiliares universitarios” —una figura inexistente en el sistema universitario argentino—, intervengan en tareas de riesgo. “Volver a habilitar figuras idóneas sin incumbencias es retroceder décadas en materia de protección y control”, señalaron.
Desde el ámbito profesional también alertaron sobre el impacto concreto de un esquema de doble matriculación. Afirmaron que facilita la evasión de controles y genera zonas grises que, en profesiones de riesgo, pueden traducirse en daños concretos para la comunidad. En ese contexto, remarcaron que la Ciudad cuenta con más de 5.400 edificios con riesgo de derrumbes, lo que vuelve especialmente sensible cualquier flexibilización en materia de seguridad e higiene.
Desde el Consejo de Ingenieros Químicos fueron aún más directos: “Si pongo a hacer un trabajo a gente no capacitada, hay muertes”. Y subrayaron que el debate no es corporativo, sino que gira en torno a quién garantiza la seguridad, la calidad técnica y la protección del interés público.
Mientras tanto, distintas voces del ámbito profesional ya enviaron observaciones al Ejecutivo porteño y advierten que la promulgación de la ley, tal como está redactada, implicaría un retroceso institucional. La decisión final ahora queda en manos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
