Melín Agustina Sartori falleció en 2021, días después de recibir la primera dosis contra el Covid-19.
La Justicia Federal de Córdoba dictó un fallo considerado inédito al reconocer que la muerte de Melín Agustina Sartori estuvo vinculada a efectos adversos derivados de la aplicación de la vacuna Sputnik V contra el Covid-19.
La decisión fue tomada por la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, que falló a favor de María Virginia Ruiz, madre de la joven fallecida el 29 de julio de 2021.
Según determinó el tribunal, la causa de muerte fue una trombosis con trombocitopenia asociada a la primera dosis de la vacuna rusa aplicada días antes.
De acuerdo con el expediente judicial, Melín Sartori tenía buen estado de salud y practicaba deportes regularmente. El 15 de julio de 2021 recibió la vacuna Sputnik V y, seis días después, comenzó a presentar síntomas como cefaleas y vómitos, por lo que debió ser internada.
Su cuadro evolucionó hacia una trombosis con trombocitopenia y posteriormente sufrió un deterioro neurológico irreversible. Finalmente falleció dos semanas después de haber recibido la dosis.
Durante el proceso judicial se incorporaron informes médicos y pericias especializadas que concluyeron que existió relación causal entre la vacuna y el cuadro que provocó su muerte.
Uno de los puntos centrales del fallo fue la intervención de la Comisión Nacional de Seguridad en Vacunas (CoNaSeVa), organismo que revisó el caso y reconoció formalmente el nexo entre la aplicación de la vacuna y el daño sufrido por la joven.
El abogado de la familia, Martín Barbará, sostuvo que se trata de un antecedente judicial sin precedentes en el país y señaló que al momento de iniciar el reclamo no existían protocolos claros para tramitar este tipo de denuncias.
La sentencia establece además que, en caso de quedar firme, el Ministerio de Salud de la Nación deberá indemnizar a la familia con una suma equivalente a 240 haberes mínimos jubilatorios, cifra que actualmente ronda los 95 millones de pesos.
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El fallo genera impacto tanto en el plano judicial como sanitario, aunque la resolución se refiere específicamente al análisis particular de este caso.
