Exportaciones: ARCA eliminó el límite de valor para los envíos por courier

La medida alcanza a empresas, emprendedores y pequeños exportadores que utilizan este sistema para enviar productos argentinos al exterior.


La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) eliminó el límite de valor FOB que regía para las exportaciones realizadas mediante el régimen simplificado de courier. La medida alcanza a empresas, emprendedores y pequeños exportadores que utilizan este sistema para enviar productos argentinos al exterior.

La modificación quedó establecida mediante la Resolución General 5883/2026, publicada en el Boletín Oficial, y comenzó a regir este miércoles 30 de julio.

Hasta ahora, el régimen establecía un límite de USD 3.000 por envío. Cuando una operación superaba ese monto, debía realizarse mediante una exportación formal, que implica un despacho aduanero y mayores requisitos administrativos, costos y tiempos de gestión.

Con la nueva normativa, se elimina ese límite de valor, lo que permite utilizar el régimen simplificado independientemente del monto FOB de la mercadería enviada.

Cómo funciona el régimen de courier

El sistema de courier permite realizar envíos internacionales mediante un procedimiento simplificado. El exportador entrega la mercadería al prestador del servicio, que se encarga de gestionar el despacho bajo un esquema estandarizado.

Esta modalidad es utilizada especialmente por pequeñas y medianas empresas que realizan operaciones de menor escala y por emprendimientos que buscan comenzar a vender sus productos en mercados internacionales sin recurrir a los procedimientos de una exportación tradicional.

Entre los productos que suelen enviarse mediante este canal se encuentran alimentos, bebidas, libros y otros bienes de producción nacional destinados a consumidores y comunidades argentinas en el exterior.

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Qué dijo Sturzenegger

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, destacó la eliminación del límite y cuestionó el esquema que regía anteriormente.

“Durante años el régimen de exportación por courier tuvo un techo que terminaba frenando el crecimiento de quienes empezaban a vender al exterior”, señaló el funcionario.

Según Sturzenegger, cuando un envío superaba los USD 3.000, el exportador debía abandonar el sistema simplificado y recurrir a una exportación formal, lo que implicaba mayores costos y trámites.

El ministro consideró que la restricción funcionaba como una barrera para empresas que buscaban ampliar sus ventas internacionales.

También cambian algunos requisitos para las importaciones

La Resolución General 5883/2026 no se limita a modificar las condiciones para las exportaciones. También introduce cambios en el régimen de importación mediante pequeños envíos.

Para las operaciones alcanzadas por la exención de derechos de importación y de la tasa de estadística prevista en el Decreto 1065/2024, la nueva normativa establece que no será necesario consignar la posición arancelaria.

Además, los Prestadores de Servicios Postales (PSP/Courier) deberán conservar digitalizadas las constancias de entrega durante cinco años después de operada la prescripción de la acción del fisco. El objetivo es mantener la trazabilidad de las operaciones.

Qué cambia para quienes exportan

La principal modificación para los exportadores es la eliminación del techo de USD 3.000 que obligaba a abandonar el régimen simplificado cuando una operación superaba ese valor.

La reforma modifica la Resolución General 5608, que regulaba el régimen de importación y exportación simplificada mediante Prestadores de Servicios Postales y empresas de courier.

La medida fue impulsada por la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, que solicitó a la Dirección General de Aduanas adecuar la normativa para eliminar los límites de valor FOB.

De esta manera, el Gobierno busca simplificar las operaciones de comercio exterior y facilitar el acceso de empresas y emprendimientos argentinos a los mercados internacionales mediante el sistema de courier.

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