Qué establece el decreto de Milei sobre la expulsión de extranjeros

La normativa alcanza a extranjeros que, de manera oral o escrita, dirijan expresiones consideradas de odio o que promuevan actos de violencia contra el pueblo argentino.


El presidente Javier Milei firmó un decreto que establece nuevas disposiciones para la expulsión de extranjeros que emitan mensajes de odio o inciten a la violencia contra la población argentina. La medida fue publicada en el Boletín Oficial y abrió un debate sobre su alcance, el procedimiento para aplicarla y los límites constitucionales.

Según el decreto, la normativa alcanza a extranjeros que, de manera oral o escrita, dirijan expresiones consideradas de odio o que promuevan actos de violencia contra el pueblo argentino o contra ciudadanos argentinos motivados por su nacionalidad.

La decisión generó cuestionamientos entre especialistas en derecho constitucional. El abogado Félix Lonigro sostuvo que, si bien el Estado cuenta con facultades para disponer la expulsión de extranjeros en determinadas circunstancias, una medida de este tipo debe respetar el principio de legalidad establecido por la Constitución Nacional.

El debate sobre la validez del decreto

Lonigro señaló que la Constitución establece límites para que el Poder Ejecutivo pueda legislar mediante decretos de necesidad y urgencia. En ese sentido, sostuvo que debe existir una circunstancia excepcional que impida esperar el tratamiento de una ley por parte del Congreso.

Además, explicó que el decreto debe ser firmado por todos los ministros y posteriormente remitido por el jefe de Gabinete a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso.

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La comisión cuenta con diez días hábiles para emitir un dictamen. Luego, el decreto debe ser tratado por ambas cámaras legislativas, de acuerdo con el procedimiento previsto por la normativa vigente.

Mientras tanto, la medida entra en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial, aunque su continuidad queda sujeta al tratamiento legislativo.

Qué organismo decidirá la expulsión

Uno de los principales puntos de discusión está relacionado con la autoridad que tendrá la facultad de disponer una expulsión.

Lonigro explicó que actualmente la Dirección Nacional de Migraciones puede iniciar un procedimiento de expulsión, pero la decisión final corresponde a un juez. Por ese motivo, consideró relevante determinar qué mecanismo establece el nuevo decreto para estos casos.

El constitucionalista advirtió sobre el riesgo de que la medida pueda aplicarse de manera discrecional y remarcó que una decisión de expulsión debe contemplar garantías judiciales.

En particular, señaló que deberá definirse con precisión qué organismo estará facultado para ejecutar una expulsión o establecer una prohibición de ingreso al país.

El alcance de la medida en redes sociales

Otro de los interrogantes está relacionado con la aplicación del decreto a expresiones realizadas en redes sociales.

La identificación de usuarios y la determinación de cuándo una publicación constituye un mensaje de odio o una incitación a la violencia plantean un escenario complejo para la aplicación de la norma.

En ese contexto, el debate jurídico se concentra en la necesidad de establecer criterios claros para evitar que la expulsión de una persona quede exclusivamente sujeta a la decisión de un funcionario.

El decreto deberá atravesar ahora el procedimiento de control previsto por el Congreso, mientras continúan las discusiones sobre su alcance y sobre la forma en que podría aplicarse en casos concretos.

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