Reducen a 8 días hábiles el cobro por venta con tarjeta de crédito para pequeños comercios

Tras los dispuesto por el BCRA las operaciones efectuadas pasarán a cobrarse en 8 días hábiles en lugar de 10. En el caso de las empresas medianas, el plazo se mantendrá en 10 días hábiles y para las grandes empresas el plazo será a los 18 días hábiles.


El Banco Central de la República Argentina (BCRA), estableció a partir de este jueves 1 de julio, que alrededor de 1,5 millones de micro y pequeños comercios pasarán a cobrar en 8 días hábiles las ventas de bienes o servicios que realicen a través de tarjetas de crédito, en lugar de los 10 días hábiles que regían hasta el 30 de junio.

En el caso de las empresas medianas, el plazo se mantendrá en 10 días hábiles y para las grandes empresas el plazo será a los 18 días hábiles.

Además se determinó que el tope de comisión que los proveedores del servicio de terminales de pago pueden retener por ley a los comercios es del 1,8% para las ventas con tarjetas de créditos que se distribuye 1,3% para los emisores de tarjeta y 0,5% para los adquirentes, encargados de conectar a los comercios y procesar los pagos.

La medida no incluye a los denominados «agrupadores de pagos» que intermedian entre los comercios y los emisores de las tarjetas de crédito y débito, como el caso de empresas como Mercado Pago y otras que, según el BCRA, cobran «porcentajes que llegan a triplicar la comisión establecida por ley».

El informe de la autoridad monetaria agrega al respecto que «según cuadros comparativos, frente a una comisión de 1,8% que se acordó en el marco de la ley, el principal agrupador de pago percibía una comisión de 3,39% a los comercios, que ahora decidió elevar, atribuyendo este incremento a la norma emitida por el BCRA».

«La Comunicación A7305 no justifica el incremento de la comisión y, en caso de considerar que se incrementó el costo financiero de la operación, tienen margen para absorberlo sin trasladarlo a los comercios», cerró el Central.

La determinación del tamaño de cada empresa se hará siguiendo la definición de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores. En el caso del comercio se considera que es micro si factura menos de $57 millones al año, pequeño hasta $352 millones y mediano si vende anualmente hasta $ 2.588 millones.

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