El fallo en contra de la conductora suma nuevas definiciones que impactan en la batalla económica de la ex pareja.
La disputa judicial entre Wanda Nara y Mauro Icardi sumó un nuevo capítulo tras el fallo emitido por la Justicia italiana en el marco de su proceso de divorcio. El Tribunal Ordinario de Milán resolvió rechazar el pedido de pensión alimentaria solicitado por la empresaria, al considerar que su situación económica no justifica dicha prestación.
La decisión fue adoptada por la jueza Anna Cattaneo, quien evaluó el patrimonio y los ingresos de ambas partes. Según el dictamen, la solicitante cuenta con recursos económicos suficientes, incluso superiores a los del futbolista, lo que excluye la posibilidad de reconocerle una pensión alimentaria en su favor.
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De acuerdo con lo expuesto en la resolución, la magistrada determinó que no se cumplen los requisitos legales para otorgar este tipo de asistencia, en función de la capacidad económica, la actividad profesional y la situación patrimonial de la empresaria. En ese sentido, el fallo subraya que la prestación alimentaria se encuentra vinculada a un estado de necesidad que, en este caso, no fue acreditado.
El documento judicial también establece que ambos deberán asumir en partes iguales los gastos vinculados a sus hijas, en virtud de que los dos presentan una posición económica sólida. De esta manera, se descarta que la totalidad de las obligaciones recaiga sobre el delantero.
En el análisis jurídico, el tribunal rechazó además un planteo de la defensa de Nara que buscaba suspender el proceso en función de la existencia de otro expediente en curso. La jueza consideró que no había fundamentos suficientes para interrumpir el trámite y resolvió avanzar sobre la cuestión de fondo.
Otro de los ejes centrales del fallo fue la determinación de la legislación aplicable. El tribunal reafirmó la validez de la normativa italiana para resolver el caso, desestimando la aplicación del derecho argentino. En ese marco, se destacó que el sistema legal italiano ofrece herramientas más adecuadas para evaluar este tipo de reclamos en el contexto del proceso.
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Finalmente, la magistrada concluyó que no existen condiciones para reconocer una pensión alimentaria a favor de Nara, al no verificarse un desequilibrio económico que justifique la compensación. La resolución se inscribe dentro de los criterios que priorizan la evaluación concreta de los recursos de cada parte al momento de definir obligaciones económicas tras el divorcio.
