Recategorizate en el Régimen Simplificado en mayo

La AGIP recuerda que durante todo el mes de mayo está abierta la recategorización del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Los contribuyentes que deberán recategorizarse para tributar Ingresos Brutos por el Régimen Simplificado son aquellos cuyo nivel de actividad supere los parámetros establecidos por el Código Fiscal 2017, que establece una facturación anual de hasta $ 400.000, tomando en cuenta los últimos 12 meses.

Además de los ingresos, La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), considera la superficie afectada y la energía eléctrica consumida, para encuadrarse correctamente en la categoría correspondiente. Desde el organismo se realizarán cruces de información en forma permanente a efectos de corroborar los datos declarados y su consistencia con aquellos referidos al Monotributo (AFIP).

Las modificaciones realizadas en 2017 incluyen 8 nuevas escalas. Para incrementar el tope anual se crearon dos nuevas categorías, la H y la I, para ingresos de $ 240.000 a $ 288.000 y de $ 288.000 a $ 400.000, respectivamente. En las categorías inferiores se agruparon las dos primeras, que abarcaban facturaciones anuales de hasta $ 36.000 y de $ 36.000 a $ 48.000, en una única categoría denominada B. La categoría A, fue eliminada.

Para más información puede ingresar a la web www.agip.gob.ar

 

Cat. Ingresos Brutos Sup. Afectada m2 Energía Eléctrica Consumida Anualmente KW Impuesto para Actividades con Alícuotas
Del 3% y superiores Inferiores al 3%
Cuota Bimestral Cuota Bimestral
B $           0  $   48.000 30 3.300 $ 180 $ 90
C  $   48.000  $   72.000 45 5.000 $ 350 $ 175
D  $   72.000  $   96.000 60 6.700 $ 490 $ 245
E  $   96.000  $ 144.000 85 10.000 $ 700 $ 350
F  $ 144.000  $ 192.000 110 13.000 $ 980 $ 490
G  $ 192.000  $ 240.000 150 16.500 $ 1.260 $ 630
H  $ 240.000  $ 288.000 200 20.000 $ 1.540 $ 770
I    $ 288.000  $ 400.000 200 20.000 $ 2.000 $ 1.000

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