¿Hay fin de semana largo? Qué pasa con el viernes 10 de julio tras el feriado del Día de la Independencia

Trabajadores y empleadores se preguntan si la jornada posterior a la fecha patria también será de descanso y habilitará un fin de semana extra largo: qué dice el calendario.


El jueves 9 de julio, cuando se conmemoren los 210 años de la Declaración de la Independencia argentina, será feriado nacional en todo el país. Sin embargo, muchas personas se preguntan si el viernes 10 de julio también será un día de descanso y permitirá disfrutar de un fin de semana extra largo.

La respuesta es que el viernes 10 de julio de 2026 no será un feriado nacional, sino un día no laborable con fines turísticos, una medida establecida por el Gobierno nacional para incentivar el turismo interno y promover los fines de semana extendidos.

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Esta disposición permitirá que numerosos argentinos tengan cuatro días consecutivos de descanso, aunque no todos los trabajadores accederán automáticamente a ese beneficio.

Qué diferencia hay entre un feriado y un día no laborable

La principal diferencia es que los feriados nacionales son de cumplimiento obligatorio, mientras que los días no laborables quedan sujetos a la decisión de cada empleador.

En un feriado, los trabajadores tienen derecho al descanso y, si deben prestar servicios, cobran la jornada con un recargo del 100%, es decir, perciben el doble de la remuneración habitual.

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En cambio, durante un día no laborable cada empresa define si mantiene o no la actividad. Si el empleado trabaja, cobra su salario habitual, sin ningún adicional.

En general, los organismos públicos nacionales, provinciales y municipales suelen adherir a los días no laborables con fines turísticos, al igual que la actividad bancaria. En el sector privado, en cambio, la modalidad dependerá de la decisión de cada empresa.

Cómo queda el calendario de feriados de 2026

El 9 de julio recuerda la sesión realizada en 1816 en la Casa de Tucumán, donde los representantes de las Provincias Unidas del Río de la Plata declararon la independencia de la Corona española y dieron origen a una nación libre y soberana. Como cada año, habrá actos oficiales y actividades conmemorativas en distintos puntos del país.

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Tras el descanso de julio, el calendario nacional contempla las siguientes fechas:

  • 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín.
  • 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
  • 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional.
  • 7 de diciembre: Día no laborable con fines turísticos.
  • 8 de diciembre: Inmaculada Concepción de María.
  • 25 de diciembre: Navidad.

De este modo, quienes trabajen el jueves 9 de julio deberán cobrar el doble por tratarse de un feriado nacional, mientras que quienes presten servicios el viernes 10 percibirán su remuneración habitual, ya que la legislación no prevé un pago adicional para los días no laborables.

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