Lo resolvió la Sala II, integrada por los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah. Además, el tribunal no hizo lugar a un pedido de recusación contra el juez Casanello y ratificó la resolución que había desestimado la nulidad de la orden de detención.
La Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal resolvió tres planteos de la defensa de Lázaro Báez: se confirmó el rechazo de la excarcelación de Báez. Para hacerlo, los jueces repitieron conceptos antes explicados en la causa, como “se dijo antes y se reitera ahora, que la calificación en principio atribuida puede ser contemplada a la luz del artículo 316, segundo supuesto, del Código Procesal Penal de la Nación pero que una apreciación objetiva de las características, modalidades y circunstancias de estos sucesos particularmente graves llevan a concluir que resulta insoslayable la aplicación del artículo 319. No puede perderse de vista que conforme lo relatado, estos hechos investigados se relacionan con conductas en las que media consenso de la comunidad internacional para considerarlos especialmente graves y así se promueve su prevención y el Estado nacional se ha comprometido a perseguirlas. En efecto, tanto la ‘Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción’ como la ‘Convención Interamericana contra la Corrupción’ –aprobadas por las leyes 26097 y 24759, respectivamente- establecen el compromiso de los Estados partes para aplicar políticas coordinadas y eficaces, la obligación de rendir cuentas así como, en definitiva, combatir la corrupción en todas sus formas”.
Según la Cámara, siguen incorporando otros nuevos hechos que amplían la instrucción a la vez que paulatinamente se descubren bienes hasta ahora desconocidos del patrimonio de los integrantes del grupo económico y de sus empresas, cuya relación con la causa se debe dilucidar.
Además se rechazaron en dos otros incidentes objeciones de la defensa de Báez contra la primigenia orden de detención (después de un viaje al aeropuerto de San Fernando) y contra la intervención del juez Casanello, a quien volvió a recusar. La Cámara no hizo lugar al pedido.
(Fuente: Será Justicia).