Bien de familia: cómo proteger de forma gratuita tu propio hogar

El Colegio de Escribanos de la Ciudad realizará un jornada informativa para personas que quieran afectar su vivienda al Régimen de Protección de la Vivienda Familiar gratis. Será el sábado 28 de agosto entre las 10m y las 13hs en Uriburu 763.

El Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires anunció que realizará la afectación al régimen de protección de la vivienda familiar de manera gratuita junto con la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA y el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA, en el marco del 11° año consecutivo de la campaña de asesoramiento y orientación a la comunidad «Cuidá lo tuyo».

Debido a la difícil situación que trajo la pandemia, el presidente del Colegio de Escribanos Carlos Allende afirmó que “el objetivo es concientizar que la orientación profesional de un escribano previene conflictos a futuro». En ese sentido, destacó que «en esta oportunidad, redoblamos el esfuerzo, para que las familias puedan proteger su bien más valorado que es la vivienda. La pandemia nos afectó a todos y este acto sin costo es un aporte que le hacemos a la sociedad para acompañarlos y asegurarlos en el futuro”.

 

Cómo sacar turno

Por lo que informaron, en esta nueva edición, habrá que sacar turno previo en la web de la campaña de responsabilidad social del Colegio: www.cuidalotuyo.org

  • Se podrá optar por las bandas horarias de 10 a 11, 11 a 12, o 12 a 13.
  • Los turnos concedidos tendrán un tiempo suficiente para evitar concentraciones de gente. El operativo coordinado por Económicas de la UBA también hará respetar las normas de higiene para la prevención del virus.
  • En esta oportunidad, y a los fines de evitar más movimientos, se hará sólo para residentes en la Ciudad de Buenos Aires.

 

Cuál es la documentación necesaria

  • DNI del o de los titulares de dominio en original y fotocopia.
  • Si se designa beneficiario, acreditar el vínculo con el titular (Libreta, acta de matrimonio o partidas de nacimiento). Traer original y fotocopia.
  • Si el actual estado civil fuere distinto al que consta en el título de dominio, deberá acompañar la constancia que así lo acredita, en original y fotocopia.
  • Original y fotocopia del o de los testimonios de dominio inscriptos (escritura, declaratoria de herederos, adjudicación, subasta, etc).

IMPORTANTE: Para que un bien afectado al régimen de protección de la vivienda pueda ser vendido, debe ser desafectado previamente o en el momento en que se realiza la escritura de venta. Si el titular de dominio está casado o vive en unión convivencial inscripta, se requerirá la conformidad del cónyuge o del conviviente.

 

Quiénes pueden afectar

  • Todas las personas pueden afectar su vivienda. Si no designan beneficiarios –es decir, otras personas que puedan conjuntamente con el propietario estar amparadas por el beneficio de la protección–, se entiende que es el mismo constituyente. Si hay más de un titular y no existe parentesco entre ellos, se puede afectar mientras estén todos de acuerdo y al menos uno habite el inmueble.
  • Aquellas personas que vivan solas, también pueden hacerlo: el titular que vive solo y no tiene beneficiarios para designar puede afectar. Lo estipula el Código Civil y Comercial de 2015, que contempla a las personas en esta condición.

 

A quiénes puedo designar beneficiarios

  • El propietario constituyente, su cónyuge, su conviviente, sus ascendientes o descendientes; en defecto de ellos, sus parientes colaterales dentro del tercer grado que convivan con el constituyente (hermanos, tíos).
  • Conviviente mayor de edad con más de 2 años de convivencia.

*IMPORTANTE*: para que la afectación subsista, al menos uno de los beneficiarios permanezca en el inmueble.

 

¿Puedo afectar si el inmueble está hipotecado?

  • La existencia de hipotecas sobre el inmueble no impide su protección. En este caso, no es necesario el consentimiento del acreedor hipotecario ni decir expresamente en la escritura que el beneficio de la vivienda familiar no es oponible a la hipoteca que el inmueble ya tiene.

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