La medida busca facilitar el cumplimiento tributario para los individuos, simplificando los trámites y ofreciendo beneficios fiscales.
El Gobierno de Javier Milei envió al Congreso el proyecto de ley de reforma tributaria, que propone un nuevo Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias. La iniciativa está dirigida a personas humanas y sucesiones indivisas y busca facilitar el cumplimiento fiscal y promover la repatriación de activos no declarados.
Un sistema optativo y limitado a ciertos contribuyentes
El régimen será de adhesión voluntaria y estará disponible solo para residentes en el país. Quedarán excluidas las sociedades, fideicomisos y otras estructuras jurídicas.
Para acceder, los contribuyentes deberán cumplir con una serie de condiciones objetivas al 31 de diciembre del año anterior y durante los dos ejercicios fiscales previos:
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Ingresos totales (gravados, exentos y no gravados): hasta $1.000 millones.
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Patrimonio total (en el país y en el exterior): hasta $10.000 millones.
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No estar categorizado como Gran Contribuyente Nacional por la AFIP.
Declaración propuesta por ARCA y sin posibilidad de modificación
Una particularidad del nuevo régimen es que la Agencia de Recaudación (ARCA) será la encargada de elaborar la declaración jurada del impuesto. El contribuyente deberá aceptar la propuesta sin modificaciones y pagar el monto resultante dentro de los plazos establecidos. En caso de rechazarla o modificarla, perderá los beneficios del régimen.
Efecto liberatorio y presunción de exactitud
El proyecto prevé que, al aceptar y pagar la declaración en término, el contribuyente quedará formal y materialmente liberado del Impuesto a las Ganancias para ese período fiscal.
Además, se establece una presunción de exactitud sobre las declaraciones juradas de Ganancias e IVA. Es decir, se considerarán correctas mientras no se detecten omisiones o irregularidades.
Discrepancias y fiscalización
Si ARCA encuentra una discrepancia significativa —definida como una diferencia superior al 15% del saldo a favor del fisco o más de $100 millones—, podrá extender la fiscalización a períodos no prescriptos. Esto podría generar ajustes impositivos y sanciones adicionales.
En los casos donde no haya irregularidades, el contribuyente adherido al régimen no será objeto de fiscalización sobre otros períodos.
Monotributistas fuera del régimen
Los monotributistas no podrán adherirse. Para acceder a este régimen, deberán renunciar al monotributo y pasar al régimen general, lo que implica asumir una mayor carga tributaria.
No se trata de un blanqueo
Desde el Gobierno aclararon que no se trata de un blanqueo de capitales, ya que no perdona deudas pasadas ni exime sanciones. El régimen constituye una simplificación sujeta a condiciones estrictas y no implica amnistía ni impide la acción penal en casos de fraude fiscal.