Es el primer caso en la Argentina. El Registro Civil avaló el pedido de una persona que no se reconoce ni como mujer ni como hombre.
En Mendoza, G. se presentó ante el Registro Civil para solicitar que en el apartado «sexo» no figure nada. Ni hombre ni mujer, ya que, según aseguró, no se identifica ni con el género masculino ni el femenino.
«Es el primer caso en el mundo con estas características. Tenemos identificados otros casos en donde se identificó a las personas con una X o una U, pero fueron decisiones judiciales y no administrativas. En la mayoría de los casos se trató de personas intersex, en donde a través de su biología natural no se identifica con ninguno de los sexos establecidos arbitrariamente», dijo la doctora en Derecho y Bioética Eleonora Lamm.
«La situación de las personas intersex no tiene nada que ver con esto. Aquí hay un pedido específico para que se borre el sexo de la partida de nacimiento. Las personas intersex son aquellas que nacieron con un cuerpo que varía respecto de lo que se consideran masculinos o femeninos. En general nos identificamos como hombres o mujeres, yo me considero un hombre intersex. Pero otros no. En este caso se trata de una persona no binaria, es decir que la identificación no tiene que ver con el cuerpo sino con el modo en el que se identifica», aclaró a Infobae Mauro Cabral Grinspan, director ejecutivo de GATE (Global Action for Trans Equality, o Acción Global para la Igualdad Trans).
«Yo conocí a G. hace algunos unos meses. Quería hacerse una modificación corporal y para ello le solicitaron un cambio de identidad de género en el DNI. Cuando iniciamos el trámite, me comentó que también quería romper con el binarismo y que en el lugar del sexo no aparezca ninguna letra. Ni F ni M», agregó Lamm.
«El derecho está binarizado. La importancia de esta resolución es que viene a replantear este tema. Hará ambas cosas según como se identifique, pero todo eso se debe deconstruir. Precisamente para garantizar los derechos de las personas por nacer», concluyó en relación a los derechos de G.