La defensa del ex ministro de Planificación cuestionaba por un lado su procesamiento y el embargo de sus bienes; además había objetado la validez de la elevación a juicio de la causa.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la firma de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz desestimó la queja que por recurso extraordinario denegado interpuso la defensa de Julio De Vido sobre el procesamiento dictado en relación con los hechos ocurridos el 22 de febrero de 2012, cuando un tren de la línea Sarmiento se estrello en la terminal de Once causando la muerte de 52 personas y más de un centenar de heridos.
Desde el máximo tribunal consideraron que el recurso no se dirigía contra un pronunciamiento definitivo o equiparable a tal por sus efectos (art. 14 de la ley 48).
Por otro lado la Corte desestimó la objeción de la defensa del actual diputado nacional a raíz de los testimonios remitidos por el Tribunal Oral Federal n° 2, al dictar sentencia en la causa por el descarrilamiento ocurrido el 22/2/2012 en la estación de ferrocarril de Once.
El rechazo in limine de las excepciones referidas originó la vía recursiva que culminó con la intervención de la Corte, que decidió desestimar la queja intentada por no dirigirse contra la sentencia final de la causa, según se explica en el Centro de Información Judicial.