Edenor y Edesur no podrán interrumpir el servicio por falta de pago de facturas complementarias confeccionadas bajo el concepto de “consumos no registrados” Las distribuidoras de energía eléctrica Edenor y Edesur no podrán cortar el servicio por falta de pago de facturas complementarias confeccionadas bajo el concepto de “consumos no registrados”. Estos se emiten cuando los valores de energía no fueron registrados correctamente por deficiencias del equipo de medición o por comprobarse hechos que permiten presumir irregularidades en la medición, como en el caso de quienes se “cuelgan de la luz”, por ejemplo.…
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Extienden la prohibición de cortar los servicios públicos por falta de pago
Esta decisión del Gobierno nacional busca garantizar, en este contexto de pandemia, el acceso a estos servicios, considerados derechos fundamentales.
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