El juez Ercolini se opuso al pedido ante la falta de documentación y argumentó que no existían garantías de que el patrimonio se ponga en riesgo.
El juez federal Julián Ercolini rechazó hoy levantar la inhibición de bienes que recae sobre el Grupo Indalo, propiedad del empresario Cristóbal López, quien había pedido esa medida para poder venderlo al fondo inversor OP Investment. El magistrado no hizo lugar al levantamiento de las inhibiciones de bienes de conformidad con las posiciones del fiscal Gerardo Pollicita, de la AFIP y los veedores designados en la causa.
El consorcio de López está conformado por alrededor de 170 sociedades, que atraviesan una crítica situación económica y financiera y afecta a más de 14 mil empleados. Antes de la decisión del juez, la Fiscalía había rechazado el levantamiento de la inhibición general de bienes que pesa sobre el Grupo, en sintonía con lo peticionado por el organismo recaudador que encabeza Alberto Abad.
Las partes se opusieron al levantamiento de la inhibición ante la falta de documentación y que no existían garantías de que el patrimonio se ponga en riesgo. La resolución del magistrado es consecuencia de un pedido formulado el viernes pasado por el abogado del empresario, Carlos Beraldi, quien pidió autorización para la venta al fondo encabezado por Ignacio Rosner.
La inhibición es consecuencia de una causa iniciada por defraudación al Estado: en ese expediente se investiga a López y su socio Fabián De Sousa por no pagar a la AFIP unos 8.000 millones de pesos correspondientes al Impuesto a la Transferencia de los Combustibles (ITC) con la firma Oil Combustibles. Sin embargo, de acuerdo con la actualización que realizan en la AFIP y los intereses, la suma superaría en la actualidad los 10 mil millones de pesos.
En la resolución, Ercolini sostuvo que en el pedido del abogado de López «se consignó que la incorporación del nuevo accionista fortalecería la capacidad de pago de las empresas con relación a todas las obligaciones y compromisos asumidos, y la cancelación y regularización del crédito fiscal reclamado por la AFIP, cuando en definitiva no se trata de incorporar un nuevo accionista sino de cambiar a los accionistas mayoritarios, quienes conforman la mayoría para la voluntad del órgano».
Sostuvo que «más allá de la cautelar, se han analizado y levantado, cada uno de los planteos realizados por los encausados y por los representantes de las empresas. Ello, a los fines de preservar el giro comercial de las mismas». Asimismo, consideró que en principio no resulta «viable el embargo de las acciones que se encuentren en cabeza de otras personas».
«En tal sentido, decretada la inhibición, ésta solo podría ser sustituida si se ofrecen a embargo bienes que sean propiedad de los nombrados, y ese no sería el caso», argumentó. Agregó: «Siempre se ponen en evidencia acciones tendientes a insolventar a la firma».