Manzanares aportó datos cruciales para la investigación por el lavado de dinero. La causa se había cerrado en 2009 gracias a una maniobra del entonces juez Oyarbide que benefició al ex matrimonio presidencial.
La Unidad de Información Financiera (UIF) solicitó este jueves que se reabra la causa contra la senadora Cristina Kirchner por el sobreseimiento por enriquecimiento ilícito que había firmado para ella y Néstor Kirchner el entonces juez Norberto Oyarbide.
El organismo exigió que se tome en cuenta la reciente confesión del contador Víctor Manzanares, quien reveló que el ex magistrado le indicó cómo manipular una pericia clave para beneficiar al ex matrimonio presidencial.
Aún resta que el juez Claudio Bonadio homologue el testimonio del contador K para aceptarlo como colaborador arrepentido. “No hay dudas respecto a la relevancia que pueden tener las manifestaciones del contador Manzanares en orden a los hechos investigados en la presente, pero es que dichas circunstancias ya habían sido puestas en conocimiento de V.S. en oportunidad de solicitar la nulidad del sobreseimiento dictado el 18 de diciembre de 2009 por el ex-juez Oyarbide”, indicó la Unidad de Información Financiera, que la semana pasada fue habilitada como querellante del expediente.
Néstor y Cristina Kirchner gozaron de un crecimiento patrimonial de 158% durante el 2008. El entonces juez Oyarbide decidió el cierre de la causa en 2009 en base a las explicaciones que había dado Manzanares.
La UIF pidió entonces la nulidad del sobreseimiento, en base a “las graves deficiencias de la pericia contable ordenada por Oyarbide, quien se desempeñaba como titular del Juzgado a Vuestro actual cargo”.
“Considera esta Unidad que se encuentran dadas las condiciones para resolver el planteo de nulidad basado en la existencia de cosa juzgada írrita. Es que cuando la investigación judicial no se condujo por su cauce natural, consecuente con la búsqueda de la verdad, sino que se dirigió a sobreseer ficticiamente a quien fue objeto de dicha pesquisa, la inmutabilidad de la cosa juzgada pierde su razón de ser para el caso particular, por cuanto la convalidación de tal situación jurídica colisiona con los principios más elementales del Estado de Derecho y la seguridad jurídica”, sostuvo el informe.