La dolarización llevará tiempo: avances, desafíos y contexto legal

El Gobierno trabaja para liberar los dólares ahorrados por miles de personas fuera del circuito financiero.


El gobierno trabaja a toda marcha para que la normativa que intenta liberar los dólares ahorrados por miles de personas fuera del circuito financiero encuentre una canalización legal para ingresar al mercado institucional, sin ser pasibles de sanciones punitivas.

El complejo entramado legal que rodea a la tenencia de divisas no sólo representa una amenaza concreta para los ahorristas, sino que también impide el normal flujo de capitales provenientes del exterior, al tiempo que obstaculiza el blanqueo de ahorros, luego de años de controles fiscales y medidas que dieron lugar a un abundante mercado paralelo de divisas.

En ese sentido, el gobierno por ahora puede liberar y derogar normativa administrativa y monetaria a través de disposiciones de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y del Banco Central de la República Argentina (BCRA).

De todas maneras, la administración Milei avanza con las reformas de la Carta Orgánica del BCRA, la ley Penal Tributaria y la ley Penal Cambiaria con el objetivo de dar certidumbre al tráfico de divisas.

A pesar de esto, el gobierno sostiene que ya cuenta con una base legal sólida para avanzar hacia la dolarización, basándose en las modificaciones a los artículos 765 y 766 del Código Civil y Comercial introducidas por el DNU 70/23 y ratificadas en la reciente Ley Bases.

La normativa quedó redactada de la siguiente manera:

  • Artículo 765: «La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación, sea o no de curso legal en el país. El deudor sólo se libera si entrega las cantidades comprometidas en la moneda pactada. Los jueces no pueden modificar la forma de pago o la moneda pactada por las partes».

  • Artículo 766: «Obligación del deudor. El deudor debe entregar la cantidad correspondiente de la especie designada, tanto si la moneda tiene curso legal en la República como si no lo tiene».

Esto significa que, como regla general, el deudor debe cumplir con la entrega de la moneda pactada, tenga o no curso legal en la Argentina.

Más allá de estas reformas legales y de la ausencia de una normativa complementaria, la dolarización requiere el levantamiento total del cepo cambiario, para permitir el flujo libre de divisas en comercio exterior, además de un cambio de conducta en los ahorristas que incentive una mayor propensión al ahorro, ya sea en pesos o en dólares.

Esta parece ser una de las tareas más difíciles para el gobierno. En una economía que arrastra más de 25 años de inflación persistente, el hábito del ahorro no ha logrado consolidarse en la sociedad argentina.

La bajísima tasa de ahorro interno, estimada en alrededor del 15% del PBI (cuando la media regional es del 40%), evidencia el impacto devastador de la inflación sobre el capital de los argentinos.

Dicho en otros términos, nadie quiere ahorrar en pesos porque pierden valor día a día, producto de la desconfianza y la mala praxis política.

Ahora el gobierno apuesta a que el ahorro en dólares se convierta en un incentivo positivo. Para lograrlo, la administración Milei deberá convencer a la sociedad de que esta vez la situación es diferente, y la mejor forma de hacerlo será con una victoria definitiva contra la inflación.

¿Lo logrará?

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