El Gobierno porteño busca que la medida «contribuya a atender y paliar los daños» de las personas «directamente afectadas».
A raíz del feroz temporal que azotó a la Ciudad y Provincia de Buenos Aires el pasado fin de semana, el Gobierno porteño entregará subsidios a los damnificados. La medida se publicó esta mañana en el Boletín Oficial.
De esta manera, el decreto de necesidad y urgencia establece la creación de un Régimen Especial de Subsidios para damnificados que consistirá en la entrega, por única vez, de dinero según la magnitud del daño fehacientemente acreditado.
“La tormenta que azotó a la Ciudad produjo, entre otras desgraciadas consecuencias, la caída de diversas ramas y especies arbóreas en diferentes zonas, importantes daños y pérdidas materiales en el espacio público y la afección a bienes de los vecinos y las vecinas”, destacó el DNU refrendado por los Ministros del Poder Ejecutivo y por el Jefe de Gabinete de Ministros.
Y sumó el escrito: “Esa afectación extraordinaria demanda el necesario acompañamiento del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en forma inminente, a través de la adopción de acciones que permitan asistir de manera rápida y oportuna a los damnificados”.
El Artículo 3 sostine que “las personas directamente afectadas podrán solicitar el otorgamiento de un subsidio que contribuya a atender y paliar los daños que hubieran sufrido en bienes inmuebles y/o automotores, de acuerdo a los alcances y en las condiciones fijadas en el presente Decreto y su reglamentación”.
“El subsidio consistirá en la entrega, por única vez, de una suma fija de dinero que será establecida por la autoridad de aplicación considerando la magnitud del daño fehacientemente acreditado, la vulnerabilidad económica del solicitante, las escalas y montos máximos determinados, así como los criterios objetivos específicos que establezca la reglamentación”, continuó.
LOS REQUISITOS PARA ACCEDER AL BENEFICIO
Comprobar su asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y ser titular del dominio o sucesor universal. En el caso de barrios vulnerables la reglamentación determinará mecanismos específicos de acompañamiento económico.
Para automotores radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se deberá acreditar titularidad del dominio o sucesor universal del bien que hubiere sufrido daño.
Los eventuales daños denunciados deberán ser acreditados en forma fehaciente ante la autoridad de aplicación.
Acerca del lapso que tienen los vecinos damnificados por el temporal será de hasta 20 días hábiles desde la entrada en vigencia de la reglamentación, la cual comenzó a regir desde el miércoles 20 de diciembre.