Por decreto se resolvió que hasta el 16 de octubre no se llevará a cabo la actualización del Impuesto a los Combustibles Líquidos (ICL) y del Impuesto al Dióxido de Carbanono (IDC)
Este jueves debían actualizarse el Impuesto a los Combustibles Líquidos (ICL) y el Impuesto al Dióxido de Carbanono (IDC), ambos con impacto en el precio de los surtidores. Sin embargo, se prorrogó hasta el 16 de octubre a través del decreto 783 firmado por el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Santiago Cafiero y el ministro de Economía, Martín Guzmán y publicado en el Boletín Oficial.
La gestión Fernández ha decidido sustituir el artículo 6° del Decreto N° 488 del 18 de mayo de 2020 para que la medida tenga ejecución.
Se estableció que el incremento en los montos de impuesto que resulte de la actualización correspondiente al primer trimestre de 2020, surtirá efectos para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil desde el 16 de octubre de 2020.
En segundo lugar, la medida suspendió «toda otra actualización hasta el 1° de diciembre de 2020», por lo que no habrá incremento durante noviembre.
Las disposiciones de este decreto entraron en vigencia este mismo jueves, pero el impacto en el bolsillo del consumidor se sentirá recién a partir del 16 en la cual los consumidores podrían sufrir un incremento en la la nafta y el gasoil del orden del de 3,3% y 2,3 % respectivamente.