Fue beneficiado con la libertad condicional por orden de la Cámara de Apelaciones y Garantías de Dolores. El fallo se conoció a 17 días de cumplirse el vigésimo aniversario del crimen del reportero gráfico.
El ex policía bonaerense Gustavo Prellezo, condenado a reclusión perpetua por el asesinato del fótografo José Luis Cabezas, cometido en enero de 1997, fue beneficiado con la libertad condicional por orden de la Cámara de Apelaciones y Garantías de Dolores.
El fallo de los camaristas Fernando Sotelo y Susana Miriam Darling Yaltone se conoció a 17 días de cumplirse el vigésimo aniversario del crimen del reportero gráfico de la revista Noticias.
Al enterarse de esta resolución, Gladys Cabezas, hermana de José Luis, dijo en una entrevista con Télam Audiovisual que están «muy lastimados» y «muy enojados» con la Justicia porque «ninguno de los asesinos cumplió la pena» que le impusieron y «todos están libres».
Fernando Sotelo, uno de los jueces de cámara que dictó la libertad condicional a Prellezo, habló con el programa Arriba Juan que conduce Iván Ruiz en Radio Ciudad AM 1110.
Sobre los fundamentos del fallo, Sotelo explicó: “Prellezo está condenado a reclusión perpetua por el homicidio de Cabezas, pero la sentencia todavía no está firme, porque tiene un recurso de queja ante la corte federal sin resolver. Se le consigue la excarcelación por estar en término de libertad condicional en esta causa”.
Y agregó: “El tema es que ya lleva detenido casi 20 años y cualquier condenado que llega a los 20 años puede obtener por derecho, la libertad condicional siempre que haya cumplido con regularidad los reglamentos carcelarios y no haya cometido nuevos delitos. El está en términos de obtener la excarcelación por lo que le autoriza el código de procedimientos”.
“Prellezo hizo recurso de casación, se lo rechazaron y estuvo 5 años condenado luego la corte procesal revocó el recurso y esto fue lo que hizo demorar el tema. Por este motivo aún persiste un recurso de queja”, explicó el magistrado la demora del caso.
Y siguió: “Tuvo 13 años de cárcel y desde 2010 está prisión domiciliaria. Se le dio el beneficio de la prisión domiciliaria por la morigeración de la prisión preventiva. La sentencia cuando no está firme no es un obstáculo para obtener un beneficio. Los criterios que usa la justicia son los que permite la ley procesal, así como hay beneficios, la prisión preventiva quita libertad a procesados. El beneficio es porque no hubo un juicio rápido”.
Por último Sotelo cerró con un mensaje a la sociedad en general: “Es difícil de explicarle a las víctimas y a la sociedad completa estos casos, pero tanto los jueces, como la sociedad, no pueden apartarse de las leyes. Es una decisión política y de la sociedad que tipo de leyes quieren”.