Se trata de una serie de modificaciones técnicos y de seguridad en la documentación de los argentinos que comenzará a regir en febrero.
La Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas (Renaper) aprobó modificaciones técnicas y de seguridad en el Documento Nacional de Identidad (DNI) y el pasaporte argentino, tanto para ciudadanos argentinos como para el documento excepcional destinado a extranjeros.
Las medidas fueron oficializadas a través de las disposiciones 54/2026 y 55/2026, que comenzarán a regir desde este domingo 1 de febrero, fecha desde la cual podrá tramitarse el nuevo formato en las sedes habilitadas.
Cambios en el pasaporte
La Disposición 54/2026, publicada en el Boletín Oficial, actualiza las características del pasaporte con el objetivo de alinearlo con los estándares internacionales de identificación y seguridad recomendados por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).

El nuevo diseño incorpora especificaciones técnicas acordes a las normas actuales, además de medidas de seguridad de nivel avanzado, algunas de ellas de carácter reservado, orientadas a prevenir falsificaciones. Según se detalla en la normativa, el pasaporte argentino contará con 34 páginas, materiales más resistentes y tecnologías como grabados láser, lo que refuerza su confiabilidad y durabilidad.
Desde el Renaper aclararon que los pasaportes emitidos con anterioridad mantendrán su plena vigencia hasta la fecha de vencimiento, sin necesidad de realizar ningún trámite adicional.
Modificaciones en el DNI
En paralelo, la Disposición 55/2026 introdujo cambios en el DNI para argentinos y extranjeros nacionalizados. El documento conservará su formato de tarjeta de policarbonato con chip sin contacto, aunque presentará variaciones en los datos visibles del anverso y reverso.
El chip electrónico fue actualizado para ofrecer mayor seguridad, mejorar la compatibilidad con estándares internacionales y reforzar la protección de los datos personales. También se renovaron elementos visuales y formatos con el objetivo de dificultar eventuales adulteraciones.

En el caso de los menores de 14 años, el DNI tendrá las mismas características generales. Como excepción, los niños menores de cinco años contarán con un documento que incluirá la firma del padre, madre o tutor legal, mientras que a partir de esa edad se registrará la firma del menor.
Para los recién nacidos, se emitirá un DNI “0 Año” provisorio, válido únicamente dentro del territorio nacional, que contendrá los datos biográficos y filiatorios hasta la posterior actualización del documento.
