Ahora, el Senado deberá considerar los tres proyectos de ley que llegaron desde Diputados.
Después de la media sanción del proyecto de suspensión de las Primarias Abiertas Simultáneas Obligatorias (PASO), que ahora deberá ser tratado por el Senado, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que modificó el Código Procesal Penal Federal.
La denominada Ley de Reiterancia fue aprobada en la Cámara baja con 138 votos a favor, 94 en contra y 1 abstención. La sesión continuó con la aprobación del proyecto de Juicio en Ausencia, que recibió 147 votos a favor, 68 en contra y 9 abstenciones.
La iniciativa de Juicio por Ausencia permitió enjuiciar a personas por delitos graves como crímenes de lesa humanidad o terrorismo, siempre que el imputado no pudiera ser hallado tras intentos razonables. Esta medida se aplicó cuando el acusado fue declarado en rebeldía y no se logró localizarlo tras cuatro meses de búsqueda activa a nivel nacional o internacional.
La primera sesión maratónica de 2025 reveló las fracturas internas en la Cámara baja. En particular, los legisladores de Unión por la Patria Eugenia Allianelo, Jorge Araujo, Daniel Arroyo, Diego Giuliano, Ramiro Gutiérrez, Mónica Litza, Micaela Morán, Liliana Paponet, Marcela Passo, Sabrina Selva, Guillermo Snopek, Pablo Todero y Pablo Yedlin votaron a favor, junto con nueve abstenciones.
Por su parte, los bloques de La Libertad Avanza, el PRO, la UCR, Innovación y Encuentro Federal lograron consistencia para votar en conjunto a favor.
El proyecto de la ministra de Seguridad apuntó a fortalecer las herramientas legales para prevenir la reincidencia y reiterancia delictiva estableciendo «criterios claros para restringir la libertad en función de los antecedentes penales y el riesgo de nuevas conductas delictivas». La iniciativa definió como “reincidente” a quien había sido condenado dos o más veces a penas privativas de libertad, siempre que la primera condena estuviera firme.
En ese sentido, la iniciativa de reforma al artículo 17 del Código Procesal estableció que «las medidas restrictivas de la libertad solo podrán fundarse en la existencia de peligro real de fuga, de obstaculización de la investigación o de reiterancia delictiva, consistente en la imputación en una causa penal en forma coexistente con otro u otros procesos en los que la misma persona hubiera sido imputada«.
El dictamen permitió sumar condenas de varios tribunales hasta llegar a un máximo de 50 años de prisión. No se tendrá en cuenta para la reincidencia la pena impuesta por delitos cometidos por menores de 18 años o aquellos donde hubo amnistía.
Al abrir el debate, la presidenta de Legislación Penal, Laura Rodríguez Machado, sostuvo que se buscó terminar con «lo que la gente llama ‘la puerta giratoria'» y afirmó que «con esta ley se va a terminar con la impunidad y con delincuentes en la calle».
«Con este cambio que quisimos hacer en la legislación penal argentina, para que un delincuente sea considerado reincidente, debe haber sido condenado en dos o más delitos con condena firme», agregó.
Explicó que actualmente un juez, para dictar prisión preventiva, debe considerar la posibilidad de fuga o entorpecimiento, y ahora se le agregó que estas personas hayan tenido «varias imputaciones».
Desde Unión por la Patria, el diputado Martín Soria señaló que «desde nuestro bloque rechazamos este proyecto porque el eje central es sustituir la presunción de inocencia de los habitantes de nuestro suelo por la presunción de un juez federal sobre si una persona cometerá un delito en el futuro».