El Gobierno flexibilizó el control para las transferencias en dólares

En el marco del blanqueo de capitales, el Banco Central eliminó restricciones y controles respecto de la circulación de divisas.

Mediante un comunicado el Banco Central derogó una serie de normativas que le permitían a la entidad financiera rechazar transferencias en monedas extranjeras por sospechas de una posible violación de medidas cambiarias. Cabe destacar que Argentina esta a punto de ingresar en la Lista Gris del GAFI por incumplimientos de recomendaciones internacionales en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo.

El Estado se encuentra en la pelea por aumentar la entrada de divisas en el sistema financiero, en este marco, se impulsa el blanqueo de capitales. Pese a estas medidas, la caída en las reservas acumuladas en lo que va del tercer trimestre supera la cantidad acordada para todo el trimestre con el FMI.

Así es que una de las normativas que se eliminó permitía a las entidades bancarias rechazar una transferencia en moneda extranjera si existía la mera sospecha de que dicha transacción podría estar vinculada a un incumplimiento de la regulación sobre la compra de moneda extranjera por parte de residentes con la intención de formar activos en el exterior.

Dentro de este marco regulatorio, el BCRA permite transferir hasta u$s100.000 si el monto total es menor a esta cantidad, se requiere una declaración jurada indicando que el dinero será utilizado en operaciones específicas y antes de una fecha límite. Asimismo, podrán transferirse a cuentas comitentes para utilizarse en las inversiones permitidas, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos y se informe a la AFIP.

Los puntos clave de la Comunicación

  • Múltiples acreditaciones: se permite depositar dinero en las CERAS en varias ocasiones, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos.
  • Documentación: las entidades financieras deben conservar registros detallados de todos los depósitos realizados en estas cuentas.
  • Fondos congelados: los fondos depositados no pueden ser retirados hasta una fecha determinada (en este caso, el 30/09/24), según lo establecido por el Decreto 608/24 y la AFIP.
  • Retenciones: Pueden aplicarse retenciones impositivas a las transferencias, según lo determine la AFIP.
  • Venta de dólares: se permite vender la moneda extranjera depositada para pagar impuestos.
  • Información a la AFIP: las entidades financieras deberán informar a la AFIP sobre todos los movimientos en estas cuentas.
  • No se Admiten Débitos en Efectivo: los retiros de dinero de estas cuentas deben realizarse mediante transferencias bancarias.

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