A partir de ahora se tomará el índice de salarios Ripte y no la tasa de interés activa. Para las aseguradoras, el régimen era insostenible y el sistema podía colapsar.
A través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) el Gobierno nacional estableció algunos cambios en el sistema de Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (ART) que, en la práctica, generarán una fuerte reducción en las indemnizaciones por accidentes laborales.
La nueva norma que lleva la firma del presidente Mauricio Macri y todos sus ministros, dispone cambios en la tasa de interés con la que se define el monto que cobrará un trabajador o su familia por un siniestro en su trabajo, que implique una incapacidad definitiva o la muerte del empleado.
De ahora en más, el monto que reciba el perjudicado no se actualizará por la tasa de interés activa del Banco Nación, que ronda el 90% anual, sino que lo hará por la evolución de los salarios que mide el índice Ripte, en torno al 40,5% anual.
Regirá tanto para los casos en los que las indemnizaciones se pacten sin llegar a juicios como en aquellos en los que el trabajador o su familia no acepten la reparación de la ART y elijan litigar. Y aplicará también para los juicios en curso, de acuerdo a las fuentes de las ART.
El decreto legisla sobre el lapso de tiempo que pasa desde que ocurre el accidente y el trabajador o su familia cobran la indemnización correspondiente. En ese tiempo, el salario, a partir del cual se calcula la indemnización, se actualizaba en función de la tasa de interés bancaria. Ahora lo hará con la evolución de los salarios registrados.
“Actualmente el rendimiento financiero de los activos de la industria aseguradora es del orden del 42% promedio, mientras que la tasa de interés vigente para las indemnizaciones por contingencias previstas en la Ley N° 24.557 y sus modificaciones, asciende a niveles cercanos al 90%”, indica el DNU.
Y sigue: “El ajuste de las obligaciones de las Aseguradoras mediante la aplicación de tasas financieras ha llevado a desnaturalizar los derechos de los trabajadores beneficiarios del sistema, haciendo que las indemnizaciones que les corresponden, legalmente orientadas a la finalidad reparadora de los daños sufridos por ellos, generen rendimientos financieros disociados del daño a reparar y ajenas al propósito que inspira la norma”.
Los abogados laboralistas plantearon que el DNU reducirá las indemnizaciones por incapacidad definitiva o muerte y remarcaron que el índice salarial hoy pierde contra la inflación. Así lo explicó Matías Cremonte, presidente de la AAL: “Hasta hoy la tasa de interés estaba en la lógica del mercado financiero. Eso garantizaba una reparación un poco mejor; las indemnizaciones no eran exorbitantes, pero se generaba una indemnización en algunos casos razonable. Ahora, ponen una tasas de interés basada en el promedio de los aumentos salariales, por debajo del IPC, porque los salarios aumentan por debajo de la inflación”; profundizó.
Desde el Gobierno justificaron la medida: «El DNU viene a subsanar la distorsión generada por la aplicación de tasa activa de interés a las indemnizaciones de trabajo por cuestiones que no tienen nada que ver con la actividad laboral, que son temas macroeconómicos y de política monetaria. La tasa quedó en valores muy elevados, arriba del 90%, y las indemnizaciones por accidentes de trabajo se distorsionan de manera significativa», dijo el superintendente de seguros, Juan Pazo.
«Las ART tienen que previsionar los montos que tienen que pagar y para asegurar ese pago hacen inversiones. No hay inversiones que den esa tasa (del 90%). La medida que tomamos es para salvaguardar un sistema cuyos beneficiarios son, en primer lugar, los trabajadores«, agregó el funcionario.