Los que incumplan la normativa podrán recibir multas de entre 300 y 30.000 pesos además de eventuales clausuras.
A partir de mañana los comercios deberán aceptar tarjetas de débito como medio de pago, ya que vence el plazo que fijó la Administración Federal de Ingresos Públicos para aplicar la obligatoriedad del uso de medios electrónicos en comercios, empresas, profesionales y monotributistas que vendan al consumidor final.
También será obligatorio aceptar tarjetas prepagas no bancarias u otros medios equivalentes en cualquier compra que supere el monto de diez pesos.
Las multas para los que incumplan con la normativa varían entre los $300 a los $30.000, además de posibles clausuras de entre tres y diez días.
En cuanto a formas de denunciar de los consumidores ante cualquier incumplimiento, podrán hacerlo a través de su celular a los comercios que no acepten tarjetas de débito como medio de pago, así como también en caso de que quieran cobrarles un monto adicional por su uso o ante cualquier posible descuento por realizar un pago en efectivo.
Los locales que estén situados en localidades con menos de mil habitantes quedan exentos de la nueva normativa, lo mismo cuando las operaciones no superen el valor de los diez pesos.
Según el artículo 10 de la ley 27.253, promulgada el 10 de junio de 2016, establece que «los contribuyentes que realicen en forma habitual la venta de cosas muebles para consumo final, presten servicios de consumo masivo, realicen obras o efectúen locaciones de cosas muebles, deberán aceptar como medio de pago transferencias bancarias instrumentadas mediante tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios que el Poder Ejecutivo nacional considere equivalentes».