El domicilio de cada empleado será considerado como “ámbito laboral”. Las empresas deberán informar la nómina y el domicilio de cada trabajador. Ante el crecimiento constante de contagios por coronavirus en la Argentina, se definió que el domicilio de los trabajadores que hagan Home Office, será considerado como “ámbito laboral”, por lo que quedarán cubiertos por las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART). Según dispone la Resolución 21/2020 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), publicada este martes en el Boletín Oficial, los empleadores deberán informar a las ART…
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