La Cámara Federal platense confirmó un fallo para que una obra social le garantice el aceite de cannabis.
La Justicia confirmó un fallo que ordena a una obra social suministrar cannabis medicinal a un nene que sufre epilepsia. La Sala Primera de la Cámara Federal señala que la prepaga de Petroleros (OSPE) deberá suministrarle al menor «el fármaco Charlotte’s Web Hemp Extract Oil, cuyo principio activo es Cannabidol, en jarabe de presentación de 100 ml en la cantidad requerida por el profesional médico tratante».
La obra social había argumentado que el fármaco en cuestión no está incluido en el Programa Médico Obligatorio (PMO) y, en consecuencia, no debía suministrarlo obligatoriamente. Sin embargo el fallo replicó que «el PMO no es la excusa jurídicamente válida para no prestar el servicio de salud».