La jueza Moira Fullana hizo lugar a un amparo presentado por la CGT para declarar inconstitucional a los artículos 2 y 3 del DNU 340/2025.
La Justicia laboral volvió a fallar contra el Gobierno nacional al declarar la invalidez constitucional de los artículos 2 y 3 del DNU 340/2025, que regula el derecho a huelga en actividades consideradas esenciales. La decisión fue adoptada por la jueza Moira Fullana, quien hizo lugar a un amparo presentado por la Confederación General del Trabajo (CGT).
El decreto, firmado el 21 de mayo, establecía que sectores como la salud, la educación, el transporte y la producción de medicamentos debían garantizar entre un 50% y un 75% de actividad durante una huelga, y sumaba nuevas actividades a la lista de servicios esenciales, como la navegación marítima y fluvial. En total, el DNU alcanzaba a 17 sectores clave.
Según el fallo, el DNU no cumple con los requisitos constitucionales para ser válido. La jueza sostuvo que no existió una urgencia suficiente que justificara la utilización del mecanismo del decreto de necesidad y urgencia, tal como exige el artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional. Además, destacó que al momento de su publicación, el Congreso se encontraba en pleno funcionamiento, lo que habilitaba el tratamiento legislativo ordinario del tema.
Fullana consideró también que el decreto no detalla una situación de emergencia concreta, sino que se apoya de manera genérica en declaraciones previas de emergencia económica. En particular, cuestionó la inclusión de sectores como la marina mercante sin una argumentación clara que justifique su incorporación al régimen especial.
Además de declarar la inconstitucionalidad de los artículos 2 y 3, el fallo impone las costas del juicio al Estado Nacional y regula los honorarios de los abogados intervinientes.
Una jueza que ya había fallado contra el Gobierno
No es la primera vez que la magistrada dicta una sentencia contra normas impulsadas por el Poder Ejecutivo. Fullana ya se había pronunciado en contra del DNU que eliminaba el feriado del 27 de junio para empleados públicos, y antes había hecho lugar a una presentación del sindicato ATE contra otro artículo del mismo DNU 340.
En aquella ocasión, la decisión fue duramente cuestionada por el vocero presidencial, quien calificó a la jueza de “militante” y denunció que la Justicia protegía “privilegios sindicales”. Sin embargo, Fullana volvió a fundamentar su decisión en la falta de condiciones constitucionales para dictar un decreto con fuerza de ley, y reiteró que el Congreso estaba en funciones para tratar el tema.
Quién es Moira Fullana
Moira Alicia Fullana está al frente del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 3 desde abril de 2021. Nacida en la ciudad bonaerense de Rojas, vive en Buenos Aires desde 1987. Tiene una extensa trayectoria en el fuero laboral, en el que trabaja desde 1989, y accedió a su cargo por concurso público ante el Consejo de la Magistratura. Su pliego fue aprobado por el Senado.
Con este nuevo fallo, se profundiza el conflicto entre el Gobierno y el Poder Judicial, en medio del debate sobre el alcance de los decretos presidenciales y la defensa de los derechos colectivos de los trabajadores.