El Gobierno limitó “al mínimo” la actuación de la AFI en casos judiciales

La medida fue comunicada a los jueces y fiscales con competencia penal de todas las jurisdicciones, así como a la Corte Suprema y a la Procuración Genera, para que “apliquen de forma restrictiva la facultad de requerir la intervención de la AFI”.


El Gobierno publicó la resolución que limita la actuación de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) “al mínimo de los casos posibles” para que se aboque “al estricto cumplimiento de sus funciones primordiales” en lo que hace a delitos complejos.

A través de la Resolución 17/2020 publicada en el Boletín Oficial, la decisión se produce en el marco de la intervención del organismo espía que determinó el presidente Alberto Fernández al iniciar su gestión y que lleva adelante Cristina Caamaño desde el pasado 21 de diciembre.

La funcionaria nacional estableció que “los medios técnicos y humanos de la AFI se aboquen al estricto cumplimiento de las funciones primordiales de producción de inteligencia nacional y producción de inteligencia criminal referida a los delitos de terrorismo, federales complejos y contra los poderes públicos y el orden constitucional”.

La medida fue comunicada a los jueces y fiscales con competencia penal de todas las jurisdicciones, así como a la Corte Suprema y a la Procuración Genera, para que “apliquen de forma restrictiva la facultad de requerir la intervención de la AFI”.

Así, Caamaño pretende que el organismo espía se dedique a intervenir, cuando la Justicia lo requiera, en causas por terrorismo, narcotráfico, tráfico de armas, trata de personas, ciberdelitos y atentatorios contra el orden económico y financiero así como los delitos contra los poderes públicos y el orden constitucional.

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