Estos fueron sus argumentos con los cuales cuestionó la personería de la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA).
El fiscal ante la Cámara Federal de Casación Penal, Javier De Luca, emitió un dictamen en el que opinó que no se debe reabrir la causa por la denuncia del fiscal Alberto Nisman contra Cristina Kirchner por encubrimiento del atentado a la AMIA.
Nisman había denunciado que la ex presidente junto al ex canciller Héctor Timerman y otros ex funcionarios kirchneristas impulsaron la firma del Memorándum de entendimiento con Irán para garantizarle impunidad a los responsables del ataque a la mutual judía.
El juez federal Daniel Rafecas rechazó la denuncia y ordenó su archivo, resolución que fue confirmada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal. Contra esa decisión, la DAIA interpuso un recurso sobre el que ahora se pronunció el fiscal de Justicia Legítima.
De Luca cuestiona la personería de la DAIA porque la entidad no acompañó a su pedido de ser tenido por parte querellante un poder especial como lo exige el Código Procesal Penal. Si bien esto es cierto, no es menos cierto que se puede subsanar agregando al expediente el mencionado poder. Además, en su dictamen hizo una férrea defensa de una supuesta legalidad del Memorándum, declarado inconstitucional y puesto en tela de juicio por Nisman en su denuncia contra el gobierno anterior.
«No es posible que unos jueces o fiscales, a pedido de un puñado de personas, sean éstas imputadas, víctimas o representantes de ellas, manejen las relaciones exteriores del país. Para eso están los representantes del pueblo que la Constitución designa, estos son, los Poderes Ejecutivo y Legislativo», escribió De Luca.
Y añadió: «El precedente que se dicte al respecto sería gravísimo. No habría vuelta atrás y de manera equivocada y grave abriría una puerta para que de aquí en adelante cualquier Presidente o Canciller sean enjuiciados por actos similares».