El decreto con las nuevas restricciones ya está publicado en el Boletín Oficial

La Casa Rosada oficializó las medidas anunciadas por el presidente Alberto Fernández.


Luego del anuncio de Alberto Fernández el miércoles por la tarde y las conferencias de prensa de Horacio Rodríguez Larreta y Axel Kicillof para informar lo que sucedería en la ciudad y en la provincia de Buenos Aires, respectivamente, el gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) oficializando las nuevas restricciones para combatir la segunda ola del coronavirus.

En el texto no hay grandes diferencias a lo anunciado por el Presidente en la Quinta de Olivos. Ratificaron que se suspenden para todo el país los viajes grupales de egresados, de estudio y de grupos turísticos como así también las actividades de casino, bingo, discotecas o cualquier salón de fiestas.

Nuevas medidas

Vigencia: desde las 00:00 horas del 9/04/21 hasta el 30/04/21 para todo el territorio nacional.

– Se suspenden para todo el país los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos.

– Se suspenden las actividades de Casino, Bingo, Discotecas o cualquier salón de fiestas.

Certificado de circulación

¿Quiénes pueden tramitar el certificado?

– Podés tramitar el certificado si realizás actividades esenciales, actividades productivas autorizadas, asistís a un establecimiento educativo, o si tenés que pedir un permiso especial para hacer un trámite urgente, un tratamiento, vacunarte, trasladar tus hijos o hijas o asistir a un familiar.

– El permiso se puede sacar y descargar desde el sitio web www.argentina.gob.ar/circular.

-Además se pueden consultar las actividades autorizadas en: https://www.argentina.gob.ar/circular/actividades-permitidas

¿Quiénes pueden utilizar el transporte público?

El transporte público está reservado exclusivamente para quienes cumplen tareas esenciales, se trasladen a establecimientos educativos o piden el permiso especial.

¿Los permisos de circulación tramitados hasta la fecha continúan vigentes?

– Sí, todos los permisos de circulación emitidos continúan activos, incluyendo aquellos permisos vinculados a la actividad educativa (docentes, no docentes, alumnos/as y acompañantes). Una vez que tramites el permiso, tenés que llevar el certificado siempre con vos, ya sea mediante la aplicación Cuidar, Mi Argentina o descargándolo del sitio web www.argentina.gob.ar/circular.

¿Mi tarjeta SUBE continúa habilitada?

– Quien incluyó la SUBE en la gestión del permiso previamente y realiza actividades esenciales, tiene el uso de transporte público habilitado. Si sos esencial y no cargaste la SUBE, tenés que tramitar un nuevo permiso incluyendo el número de la tarjeta SUBE.

– AMBA: el traslado de los trabajadores/as a cargo del empleador

– Suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.

– Los partidos y departamentos de más de 40.000 habitantes que alcancen los parámetros sanitarios establecidos serán considerados:

1) Zonas de mediano riesgo epidemiológico y sanitario

Es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.

2) Zonas de mayor riesgo epidemiológico y sanitario: medidas a adoptar.

– Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

– Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 20 personas.

– Se suspende la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.

– Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23 horas.

– Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día.

– Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.

– Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.

DISPOSICIONES LOCALES Y FOCALIZADAS DE CONTENCIÓN: para limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario. Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.

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