¿De qué trata la media sanción de la ley de extinción de dominio?

El jefe de Gabinete del Ministerio de Seguridad de la Nación Gerardo Milman explicó que el proyecto tiene como objetivo “que esos bienes injustificados por sus titulares puedan volver al Estado y luego a los ciudadanos”.


Tras la media sanción en diputados por la extinción de dominio sancionada en 2016, en la que se reclama que se devuelva al Estado el dinero mal habido con origen en delitos como narcotráfico, lavado de dinero, terrorismo, trata de personas o corrupción, el impulsor del proyecto el jefe de Gabinete del Ministerio de Seguridad de la Nación Gerardo Milman sostuvo que “es una buena media sanción” pensando en los casos de corrupción que trascendieron pero que “veremos qué hace el Senado”.

“El proyecto tiene como objeto que esos bienes injustificados por sus titulares puedan volver al Estado y luego a los ciudadanos”, explicó en dialogo con Quorum Propio por FM Milenium y señaló que “si esos bienes vuelven al Estado es una manera que haya una reparación que puedan ser reutilizados a beneficio de la sociedad”.

Consultado por un estimativo de lo que puede generar la corrupción o narcotráfico, Milman no pudo responder con precisión, pero sí indicó que “el dinero que mueve el narcotráfico conlleva una gran cadena, mueve mucho dinero y el valor de las sustancias varían”.

La “extinción de dominio” es una acción autónoma mediante la cual un juez declara por sentencia que el bien a incautar está ligado a un delito federal, aunque un juez penal no haya condenado previamente al responsable del ilícito, ya que “en Argentina, los procesos penales son largos”. “Otros países hacen procesos más rápidos, logrando que los bienes puedan resueltos a favor del Estado independientemente de la condena penal”, comparó y remarcó que por ese proceso extenso “tenemos un ex presidente con 2 condenas que no son firmes y por lo tanto no ha sido desaforado por el Senado”.

Por último, Milman explicó que los bienes para que luego puedan ser utilizados en beneficio del Estado en primera instancia “los maneja la Justicia y es quien decide pasarlos al Ejecutivo para su uso. Lo da en una situación legal para custodiarlo”. “El Estado no puede vender el bien para comprar otra cosa más útil. En caso que ese bien debe ser restituido, se devuelve a su titular”, precisó y agregó: “Muchas veces esos bienes precisan inversión para su propio uso y el Estado no está en condiciones de dar”.

 

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