Advierten que la nueva Ley de Riesgos del Trabajo de Santa Fe no garantiza una baja en la litigiosidad

Así lo aseguraron desde la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART) y Aseguradoras del Interior de la República Argentina (ADIRA), en un comunicado conjunto donde se manifiesta la lejanía de la ley provincial con la sancionada a nivel nacional.


Luego de que la Provincia de Santa Fe votara la adhesión a la Ley de Riesgos del Trabajo sin garantizar la baja de la litigiosidad en un contexto donde el 27,5% de todos los juicios por accidentes de trabajo a nivel nacional se concentran en ese territorio, la UART y ADIRA emitieron un comunicado manifestando su preocupación por la situación.

«A pesar de la solicitud de los protagonistas del amplio y variado tejido productivo, la demorada adhesión de Santa Fe a la Ley 27.348, tal como fue votada, se aparta de la Ley Nacional en una serie de aspectos», detallaron desde la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo y Aseguradoras del Interior de la República Argentina.

Los puntos señalados, destacaron, se refieren al plazo para recurrir los dictámenes de Comisiones Médicas (CCMM), que pasa de 60 días hábiles a 2 años; y la presentación del trámite ante la CCMM.

En cuanto al primero de ellos, el Artículo 13 de la nueva Ley, aseguraron que «implica dejar abierta por dos años una instancia de apelación para todos aquellos casos en los que no exista acuerdos», y que estos dos años «se suman al plazo de dos años que ya fija para ley para iniciar el reclamo conforme la prescripción».

Por otro lado, en referencia al punto enmarcado en el Artículo 15, UART y ADIRA señalan que «dependerá de la reglamentación y aplicación práctica«, ya que «admite distintas lecturas posibles respecto de su cómputo y la documentación necesaria para que la Comisión Médica pueda expedirse».

En ese sentido, los organismos consideran que el efecto final se verá en función de cómo se articule el accionar de las CCMM y el posterior paso por la Justicia, por lo que aseguran, «resulta ineludible la constitución de los Cuerpos Médicos Forenses o peritos médicos en el ámbito del Poder Judicial».

«Cuanta más unificación de criterios haya entre el tránsito administrativo y el judicial, a través de la aplicación del Baremo de Ley, menor incertidumbre y controversia habrá. Lo contrario ocurrirá ante la disparidad de criterios, que desde ya seguirán alentando la litigiosidad», cierra el comunicado.

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